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A ochenta años de la “derogación” de la Enmienda Platt (I)

Jorge Renato Ibarra Guitart, 25 de junio de 2014

El 80 aniversario de la derogación de la Enmienda Platt transcurrió el pasado 29 de mayo sin que muchos percibieran la importancia de ese particular momento de nuestra historia en que se remodelaron las relaciones entre Cuba y los Estados Unidos. Desde la década del 20 del siglo pasado se inició un intenso cabildeo de algunas  autoridades cubanas dentro de las esferas de poder estadounidense, con vistas a facilitar la modificación o definitiva abolición de la Enmienda Platt en términos que fueran amigables.

Un punto culminante de ello fue la ratificación, en 1925, del Tratado Hay-Quesada, con lo cual se legalizó el status jurídico de Isla de Pinos como parte íntegra de la República de Cuba. Las gestiones diplomáticas fueron conducidas por Cosme de la Torriente y tuvieron un amplio apoyo de la opinión pública cubana. Cuando Washington aceptó devolverle la soberanía a la Isla de Pinos, se le puso punto final a una de las disposiciones de la ominosa enmienda y se inició un proceso de paulatino  desmontaje de la misma. Con la caída de la dictadura de Gerardo Machado la Enmienda Platt hizo crisis definitiva como mecanismo de control de Washington sobre su neocolonia cubana, el gobierno provisional revolucionario de 1933 la desconoció y con ello pagó el precio de no ser nunca reconocido por los Estados Unidos.

En el gobierno de Concentración Nacional, también conocido como gobierno Caffery-Batista- Mendieta, Cosme de la Torriente ejerció como Secretario de Estado y viajó a Washington para firmar el Tratado de Relaciones Cuba-Estados Unidos, que sustituyera a la Enmienda Platt, así como el Tratado de Reciprocidad Comercial de 1934. Hasta ese momento, a los efectos de los Estados Unidos, la enmienda se mantuvo vigente y solo cuando la oligarquía retomó el poder Washington decidió sustituirla por un nuevo tratado de relaciones entre los dos países. A fin de cuentas, los cambios tuvieron lugar como resultado de la lucha del pueblo cubano por rescatar su soberanía en medio de la revolución de los años 30. Con la política del “Buen Vecino” que inaugurara Franklin D Roosevelt, se trataba de ensayar nuevos mecanismos de dominio imperialista mucho más sofisticados que los ya gastados del decadente “Gran Garrote”.

El gobierno cubano presentó la derogación oficial de la Enmienda Platt como un acontecimiento trascendental que marcaba el inicio de una nueva era republicana, incluso se concedieron tres días de fiesta nacional.  Al respecto el Presidente Carlos Mendieta señaló: “Al cabo de un tercio de siglo, como satisfacción debida a demandas de la conciencia cubana, los gobiernos de Washington y La Habana han llegado a una inteligencia felicísima, que señala y destaca la reafirmación de normas nuevas en el cultivo de aquellas relaciones internacionales”. A lo cual añadía que lo más importante había sido que se había llegado a ese acuerdo “dejando a salvo la amistad indestructible entre ambos pueblos”.1

La firma de este tratado, en la práctica no era más que una mera transacción política donde los Estados Unidos cedían en algunas posiciones y aseguraban otras. Esta “nueva era” había surgido en Cuba como resultado de la Revolución del 33, que finalmente no pudo consolidarse, por lo cual se llegó a esa avenencia dentro de un nuevo modelo de relaciones dependientes. Cosme de laTorriente, por su parte, aseguraba que el gobierno de Céspedes tenía previsto suprimir la Enmienda Platt y descalificaba al Gobierno de los Cien Días porque se había equivocado “terriblemente”, además de provocar “gravísimos conflictos interiores” y despertar “tanta animosidad en los Estados Unidos”.2

En la época hubo críticos consistentes a la firma del Tratado de Relaciones Cuba- Estados Unidos de 1934 como José Ramírez Burgos, quien afirmó se trataba de la obra de un gobierno “de muñecos de papel que cuando son instrumentos de otros gobiernos extranjeros quieren aparecer con fachada de patriotas”. Ramírez Burgos señalaba que se había producido una falsa derogación de la Enmienda Platt, por lo que se preguntaba: “Si de siete artículos quito cuatro y me quedan tres, ¿Qué hice; una derogación o una disminución?”. Y concluía: “Si quedan tres artículos del antiguo tratado, la Enmienda Platt no ha sido abrogada, sí disminuida”.3

En el Tratado de Relaciones entre Cuba y los Estados Unidos todavía se mantuvieron reminiscencias del impopular apéndice,  que lamentablemente llegan hasta nuestros días. Cosme de la Torriente como Secretario de Estado y Manuel Márquez Sterling, embajador en Washington, cuando negociaron este acuerdo aceptaron en el artículo tercero la demanda estadounidense de conservar la base naval de Guantánamo.4 Torriente quiso aliviar el peso de su responsabilidad cuando afirmó que en este convenio los dos gobiernos estaban habilitados para de común acuerdo negociar desmantelar la base si fuera preciso.5 Respecto a la necesidad de firmar este arreglo que dejaba atrás la Enmienda Platt, Cosme señalaba que “con esto se calmaría a todos los agitadores políticos que continuarán perturbando después de las medidas económicas”.6

Un juicio sagaz y profundo sobre el carácter menguado que caracterizó esta negociación que dejara a los Estados Unidos la posesión por tiempo indefinido de la base naval de Guantánamo, lo ofreció el historiador Emilio Roig de Leuchsenring:




Sólo mediante la coacción militar y diplomática norteamericana pudo el nuevo gobierno aceptar el mantenimiento en este tratado de relaciones con los Estados Unidos, de la estación naval y carbonera de Guantánamo, porque resulta inconcebible que sin imposición se aceptara; y menos puede presumirse que ese territorio cubano se cediera en pago del apoyo que la Cancillería yanqui le prestó al gobierno de concentración para ocupar el poder, y en prenda de la no retirada de ese apoyo.7

 

El propio Roig significaba que este artículo tercero del Tratado de Relaciones entre Cuba y los Estados Unidos estaba en contraposición con la política del “Buen Vecino”, esbozada y aprobada por el propio Roosevelt durante la Conferencia Panamericana de Montevideo de diciembre de 1933.  El Historiador de La Habana, atendiendo a lo dispuesto por la Convención sobre los  Derechos y Deberes de los Estados americanos, señalaba que “esa ocupación de territorio cubano para fines militares de los Estados Unidos afecta a Cuba en su integridad e independencia” y concluía estableciendo que, según el artículo XI de esa convención, el territorio de los Estados era inviolable y no podía ser objeto de ocupaciones militares.8

Respecto a las concesiones que los cubanos debieron hacer en el Tratado de Relaciones con los Estados Unidos hay un documento relevante que evidencia el origen de lo pactado. Se trata de una misiva de Welles al presidente Roosevelt donde refiere que la discusión había partido de las indulgencias ofrecidas por Cuba a los Estados Unidos durante la primera ocupación militar. De estas solo faltaba se cumplimentara la cesión de una base naval en Bahía Honda, los otros hechos consumados debían aceptarse sin miramientos.  Welles, en este asunto pendiente, le hizo una consulta al Almirante William H. Standley, Jefe de Operaciones navales, quien le aseguró que desde el punto de vista militar, los derechos que poseían en la base de Guantánamo así como en otras instalaciones militares de Puerto Rico e Islas Vírgenes eran tan amplios que hacían innecesaria la posesión de Bahía Honda.9


Citas y notas

1-El proceso de la Enmienda Platt. 27 de febrero de 1901-29 de mayo de 1934 (folleto souvenir). Asociación de la Prensa de Cuba, La Habana, julio de 1934.
2-Ibídem.
3-José Ramírez Burgos. La farsa del siglo: la derogación de la Enmienda Platt. Matanzas, 1934, p. 6. Al respecto señalaba que los artículos de la Enmienda Platt que permanecían en este nuevo tratado eran el 4, 5 y 7 que tomaban ahora la numeración de 2, 3 y 4. Estos últimos se referían a validar y ratificar los actos realizados en Cuba por el gobierno interventor de los Estados Unidos hasta el 20 de mayo de 1902, la concesión de la base naval de Guantánamo y el control de enfermedades contagiosas.
4-Hacia los años 50 Cosme de la Torriente, en una conferencia que ofreció en la Universidad de la Habana, dijo que dada su experiencia como diplomático, presumió que una nueva guerra mundial podría repetirse, por lo cual accedió a mantener esa base naval: “Sin la estación naval de Guantánamo no hubiera podido entrar y salir de los puertos de Oriente y Camaguey ni un solo barco mercante, sin estar bien custodiados para defenderlo de los submarinos enemigos ni en la primera ni en la segunda guerra mundial”. Ver: Cosme de la Torriente: Mi misión en Washington. Imprenta de la Universidad de la Habana. 1952, p. 30-31.
5-Cuando  comparaban este Tratado de Relaciones Cuba- Estados Unidos de 1934 con la Enmienda Platt concluían que en el primero, al menos Cuba podía negociar con los Estados Unidos la desocupación de la base naval de Guantánamo. aspecto este que nunca se contempló en la Enmienda Platt.  Ibídem p. 31.
6-Cosme de la Torriente: “El convenio de Comercio con los Estados Unidos”, artículo publicado en la revista Carteles de 28 de agosto de 1938. En: Cosme de la Torriente. Cuarenta años de mi vida. 1898-1938. Imprenta “El siglo XX” A. Muñiz y Hno. Brasil, 153 al 157. 1939.  p. 408.
7-Emilio Roig de Leuchsenring. Historia de la Enmienda Platt. Editorial Ciencias Sociales, La Habana, 1973,  p. 291.
8-Ibídem p. 290.
9-Franklin D. Roosevelt and Foreign Affairs. Volume II: March 1934-august 1935. Belnaknap Press of Harvard University Press, Cambridge, Massachusetts, 1969 p. 124-125.