
Durante el período de sesiones de los Órganos Rectores de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), celebrado en Ginebra del 25 de septiembre al 3 de octubre de 2000, se decidió adoptar el 26 de abril como fecha para la celebración mundial del Día de la Propiedad Intelectual, pues ese día del año 1970 entró en vigor el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Esta entidad actualmente tiene 188 Estados miembros y administra 26 tratados internacionales relacionados con la regulación de la propiedad intelectual.
Se acordó, asimismo, que, a partir del 2001, cada 26 de abril las oficinas gubernamentales de Propiedad Industrial y de Derecho de Autor realizarían actividades para destacar la función de la propiedad intelectual en el desarrollo económico, cultural y social de todos los países, así como su contribución a dicho desarrollo y lograr una mayor conciencia y entendimiento de este ámbito del empeño humano.
Durante la fecha, se hace hincapié en la importancia de un sistema equilibrado de propiedad intelectual para reconocer y recompensar a los inventores y creadores por su trabajo, y garantizar que la sociedad se beneficie de su creatividad e ingenio. Los derechos de Propiedad Intelectual permiten a investigadores, inventores, empresas, diseñadores, artistas y otras personas proteger, por derecho, sus productos innovadores y creativos y obtener de ellos un beneficio económico.
Cada año la jornada se dedica a una temática o área específica de las artes o el conocimiento en la que la propiedad intelectual juega un papel decisivo. En esta oportunidad, en 2025, celebrará el papel crucial de la propiedad intelectual (PI) en la industria musical. El tema, «PI y música: Siente el ritmo de la PI», destaca cómo los derechos de Propiedad Intelectual protegen las creaciones de músicos, compositores y otros creadores musicales, garantizando que sean recompensados por su trabajo.
La música, como forma de expresión artística, se beneficia enormemente de la propiedad intelectual e industrial. Los derechos de autor, las innovaciones tecnológicas en la producción musical, el reconocimiento y protección en el mercado de los músicos a través de las marcas y los diseños industriales en instrumentos y dispositivos que acercan la música a la sociedad de forma disruptiva son derechos de PI esenciales para fomentar un entorno musical dinámico y emprendedor. Como en anteriores ediciones, la OMPI ha lanzado un concurso de vídeos, dirigido a jóvenes que quieran mostrar la relación entre la música y la PI, así como compartir sus propias experiencias sobre cómo la protección de sus obras e innovaciones ha impactado en su carrera.
Entre los temas de años precedentes podemos citar: «La Propiedad Intelectual y los Objetivos de Desarrollo Sostenible: Nuestro futuro común se forja con innovación y creatividad», en 2024; «Las mujeres y la propiedad intelectual», en 2023; «La PI y la Juventud: Innovar para un futuro mejor», en 2022 y «La PI y las pymes», en 2021.
En la protección de la propiedad intelectual el marco legal contempla la figura de las denominadas patentes. A través de ellas se logra que las personas involucradas logren cierto prestigio, reconocimiento y también ganancias por su trabajo creativo.
Existen dos ramas o tipos de PI. Por un lado, los derechos de autor y derechos conexos vinculados a creaciones literarias y artísticas y por otro, la propiedad industrial asociada a las marcas, patentes, diseños y modelos industriales.
En el caso de los escritores la propiedad intelectual abarca un amplio espectro de derechos que protegen las obras de los autores y tiene una enorme importancia pues fomenta la creatividad, protege los derechos de los creadores, impulsa el desarrollo económico y promueve la competencia justa.
Legislar los derechos que tienen los autores sobre sus creaciones intelectuales es una premisa en tiempos donde, a nivel mundial, están en auge los modelos comerciales y jurídicos que se basan en impedir con barreras legales y tecnológicas, la difusión de la cultura.
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